Otra vez se pospone la entrada en vigor del permiso de paternidad de 4 semanas, un aplazamiento que se ha convertido en un clásico ya de estos últimos años. Aprovechando esta nueva postergación, reflexionamos además sobre la conciliación laboral.
La disposición adicional 9ª del Proyecto
de Ley de Presupuestos de 2015 establece la modificación, una vez más, de la Ley 9/2009, de 6 de
octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de
nacimiento, adopción o acogida. La nueva redacción de la disposición final 2ª
de esta norma pospone otra vez la entrada en vigor de esa ley, y por tanto la
paternidad de 4 semanas, al 1 de enero de 2016.
Ante este hecho, nos surgen 2
comentarios de urgencia. El primero se debe encaminar a subrayar la pertinaz voluntad de procrastinar la
voluntad legal hasta volverla en algo efímero
y chabacano. La fecha inicial prevista por la ley 9/2009 para que entrase en
vigor la elevación a 4 semanas de la duración del permiso de paternidad en los casos de
nacimiento, adopción o acogida era el 1 de enero de 2011. Sin embargo, desde entonces
se ha ido postergando una y otra vez para años posteriores su entrada en vigor;
ahora por enésima vez se deja para el futuro, que a pesar de la fecha fijada se
muestra ya incierto. Debemos recordar que esta ampliación estaba ya recogida en
la Ley Orgánica de la igualdad, LOI 3/2007 de 22 de marzo (en la Disposición
final transitoria 9ª, en concreto). Este soslayo de un derecho previsto ya en
la ley del 2007, marca hacia donde se inclina el reparto de los costes de la
crisis, pues se centra en el recorte de derechos sociales y laborales, mientras
se hacen públicas las deudas privadas de
entidades financieras y constructoras.
Por
otro, en esta temporada de declaraciones y actos que evidencian la dificultad de
la conciliación laboral y cómo el peso
de esa conciliación se adjudica a las mujeres,
medidas como esta (y otras más ambiciosas) podrían aligerar esa carga y
reordenar la alineación de roles sexuales que incluso la norma laboral esta
potenciado hasta ahora. Los países que más destacan en el avance de la
conciliación y la igualdad de la mujer (Islandia[1],
Noruega[2],
Suecia[3],…)
poseen legislaciones que otorgan derechos similares ambos progenitores sin
distinción de sexo.
Si
queremos eludir prácticas como las enunciadas por Mónica Oriol (presidenta del
Círculo de Empresarios) que se opone a contratar mujeres en edad fértil por el
coste que la ley les otorga por los beneficios laborales de la maternidad, una
opción es equiparar en derechos a ambos cónyuges. De esta manera, se rompe con
la distribución de roles sexuales apoyada incluso por la ley, los hijos no
son necesariamente un asunto de las
mujeres, al menos la ley no debería apoyar esa inercia. Además, si tratamos de
manera diferenciada al elemento discriminado,
es posible que aumentemos su carga diferencial en el mercado laboral y generemos consecuencias
indeseadas con esa medida.
A veces una política encaminada a la igualdad debe
romper con los roles y equiparar en derechos a los integrantes de ambos grupos.
Dar más derechos a los hombres en torno
a la conciliación laboral puede subvertir la tendencia de cargar en exclusiva
la conciliación laboral en las mujeres, y sin recortarles derechos
posibilitaría aligerar la carga negativa que hoy algunos empresarios esgrimen
en contra de la mujer.
[1] En este país
existe un permiso de 90 días para cada uno de
los progenitores, más otros 90 para repartir entre los dos.
[2] En
Noruega el permiso es extenso, pero menos igualitario; se extiende hasta 392
días para la mujer y 70 días para el padre.
[3] En
Suecia el permiso es el más amplio e igualitario, pues comprende 480 días para
ambos cónyugues
Cada vez hay más voces que se unen en estas condiciones desfavorables para el padre y es algo que hay que tener bien controlado ya que puede dar lugar a situaciones desagradables en las que ninguna parte pueda estar a gusto, un tema que hay que resolver equitativamente entre las dos partes, excelente artículo
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