En la foto se puede ver la firma del Acuerdo, donde Mariano mira desde lejos y con reluctancia a los sindicalistas, ¡ni se lo cree la foto que ha conseguido! |
En estos días hemos asistido a la escenificación de primer pacto social de la legislatura de Mariano Rajoy. Esta recuperación de una medida ya conocida, unido a otros guiños sociales nos anuncia que llegan tiempo de elecciones.
En el discurso hipócritamente eufórico
del gobierno se ha decretado que la crisis ya ha pasado, y a regañadientes se
acepta que las “secuelas” de esa crisis todavía están ahí. Supuestamente a paliar esas dificultades se dirigirían los
movimientos del gobierno que comentamos.
Sin embargo, la crisis no es algo
del pasado, nos encontramos en un bucle económico
de inciertos contornos, donde concurren muchos claves no controlables por el
gobierno, el precio del petróleo (inusualmente bajo a día de hoy), la inestabilidad
económica que puede posibilitar un
contagio o la atonía en el crecimiento económico global (donde los grandes
actores crecen de manera inferior a los años previos),…
La intervención del gobierno
durante estos 3 años ha ido dirigida a
1. Intervenir
en el mercado laboral y en la regulación de las relaciones asalariadas para
propiciar una devaluación interna, aumentado el margen empresarial, a la vez
que disminuyen los derechos laborales y
sociales.
2. Publificar las deudas privadas de los causantes de la burbuja inmobiliaria, con
un casi nulo control de las conductas que condujeron a esa quiebra.
3. Propiciar
una política a favor de los acreedores, asegurándoles incluso normativamente la preferencia del
pago de las deudas, por encima de los
derechos de los ciudadanos.
Por supuesto, estas políticas pueden
propiciar el aplauso empresarial y la
aceptación de los acreedores, pero no solventan los problemas de fondo que
ocasionaron la explosión de la burbuja inmobiliaria. Además, la política económica del gobierno ha ocasionado grandes costes sociales,
aumento de la desigualdad y crecimiento exponencial de deuda pública y estanflación (cinco meses con
crecimiento negativo del IPC ),…Pero, en cualquier caso, la intervención en la regulación laboral y otras medidas restrictivos
no pueden resolver la crisis, pues no se encontraba allí el problema.
Volviendo a las medidas anunciadas estos días, algunos, muy optimistas, hablan
de giro social para identificarlas. Además de la ayuda de 426€ para
los parados sin prestaciones, se incluyen también el anuncio de la congelación
del precio de la energía, y el estudio del incremento del salario mínimo entre
el 0,5 y el 1% para el próximo año (a pesar de la anunciada congelación del SMI
hasta ahora). Además se filtra la posibilidad de algún tipo de ayuda familiar.
Si analizamos incluso someramente
estas iniciativas se comprueba que se configuran como medidas coyunturales,
más ayudas que derechos, y cuya
aprobación hoy no impide que, tras las elecciones se tomen decisiones de signo contrario (la
congelación del precio de la energía en enero, no impide que se adopten masivas
subidas en otros momentos post-electorales). Se aproximan elecciones y se
multiplicarán los guiños para rascar apoyos, y se buscaran gestos denodadamente
para hacer olvidar toda la política restrictiva
de derechos que ha caracterizado esta legislatura.
Sin entrar a analizar de manera
pormenorizada el pacto social firmado el 15 de diciembre, rimbombantemente denominado Acuerdo sobre el programa extraordinario de Activación para el empleo,
señalamos a continuación algunas características del mismo.
En puridad es el primer pacto
social firmado por este gobierno, que necesitaba esa foto para maquillar un
poco su política restrictiva de derechos sociales. Más allá de alguna
diferencia de énfasis, el acuerdo recupera la prestación extraordinaria contemplada
ya en el art. 5 de la Ley 14/2009, de 11 de noviembre[1].
Antonio Baylos afirma que el efecto
legitimador de este acuerdo es casi inexistente, y si él lo dice así será, no le vamos a llevar
la contraria. Sin embargo, deberíamos sopesar si no conlleva también una
pérdida de legitimidad para los agentes sociales (en concreto para los
sindicatos firmantes): ¿Era imposible conciliar el pacto con la crítica?
¿Debían aparecer los secretarios generales en la foto?,…
Aunque se articula como una iniciativa
encaminada a insertar en el trabajo a desempleados sin derecho a prestaciones,
en la práctica se concreta en el derecho de estos parados a recibir una
subvención durante 6 meses. La cuantía se corresponde con el 80% del IPREM
(426€). Es una medida temporal que se extiende desde el 15 de enero de 2015
hasta el 15 de abril de 2016. Es de resaltar que se exige al desempleado:
1. Haber tenido una relación laboral y que la última en todo caso se hay extinguido por motivos
ajenos al trabajador.
2.
Que carezca de protección, siendo incompatible con cualquier otro tipo de
subvención (como el RGI)
3.
Que no posean rentas y tengan sin embargo cargas familiares de acuerdo con el
art. 215 LGSS
4.
Que figuren como demandantes de empleo al 1.12.14, habiendo estado inscritos durante 12
meses en los últimos 18 meses anteriores a la solicitud.
Además se
les exige además un compromiso de actividad que conlleva haber efectuado una
búsqueda activa de empleo, participar en las políticas de empleo que se le
ofrezcan y no rechazar ninguna propuesta de trabajo que le llegue[2].
Aunque en diversos medios de
comunicación[3] se
expone que la subvención es compatible con el empleo, pudiendo el empresario
deducir del salario la cuantía de la subvención, en el texto actual no se
contempla esta posibilidad. Si en el desarrollo normativo se incluye este aspecto
sería muy de lamentar e inaceptable, pues al final las subvenciones al desempleado quedarían en
manos del empresario, que podría pagarle menos que el salario mínimo. Una
subvención de desempleo para parados de
larga duración termina minorizando el coste laboral y aumentando el margen de
beneficio empresarial: ¡Menuda paradoja!
Por supuesto, que siempre es
positivo aumentar, aunque sea de manera temporal, la cobertura de las
prestaciones a los desempleados (se calcula que lo hará en un 7%), pero es
obvio que se trata de un movimiento
torpe de corte electoral.
[1]
Prorrogada por el Real Decreto 133/2010, de 12 de febrero y el Real Decreto-ley 12/2010, de 20 de agosto. Con
posterioridad el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero posibilitó una ayuda
similar que también fue objeto de prórroga. Y con el gobierno del PP se mantuvo
durante un tiempo estas subvenciones, por el Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de
agosto y por el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero.
[2] No hay
referencias a una determinada edad, ni menciones especificas a determinados
grupos de trabajadores (víctimas de la violencia de género, por ejemplo)
[3] El Diario.
14.12.14, por ejemplo.
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