sábado, 25 de febrero de 2012

9. La reforma de color de rosa (I)




Aunque en general las reacciones ante la reforma laboral han sido bastante criticas, es cierto que desde la bancada patronal se la ha aplaudido con entusiasmo, mientras sus representantes corean enfebrecidos todos queremos más. Más allá de los aplaudidores oficiales distribuidos por diversos medios y de los voceros más oficiales aún del gobierno y del PP, de donde pocas ideas claras se pueden sacar, también se han producido alguna que otra reacción laudatoria  entre algunos iuslaboralistas. Frente al color gris o negro de los comentarios generales, estos sectores ven la reforma de color de rosa. Son menores en número y su adscripción ideológica explica su fervor y su posicionamiento. En cualquier caso creemos que merece la pena detenernos en el comentario de algunos de estos artículos de respaldo a la reforma. Para ello hemos escogido un par de 2 juristas encumbrados de mismo apellido y distinta  edad. Es literatura de combate, por supuesto, publicada en diarios o medios de difusión abiertos al público en general y no artículos doctrinales en revistas  jurídicas. Pero aún así creemos que en esencia contienen los ejes de la apreciación positiva  de la reforma que profesa  este sector doctrinal.

Aunque los analizaremos por separado se debe constatar que en los  artículos que comentamos se califica a la reforma como transición o transición laboral, términos que parecen aludir a la transición efectuada desde el régimen franquista al actual, periodo por antonomasia conocido por transición democrática, y que vendrian a dejar care sin decir abiertamente del todo que la regulación laboral modificada era antigua, franquista o alguna connotación por estilo. Por supuesto, esto se produce de manera más claro  en el segundo de los artículistas, más  desinhibido y por edad con más desparpajo para describir como franquista al ET del 1995, o para afirmar que la estructura de negociación colectiva era una forma de legitimación de actores sociales carentes de legitimidad como los sisndicatos. Sopesando con ecuanimidad las cosas como fueron en ese momento es dificil coincidir en que eran los sindicatos hasta entonces ilegales los deslegitimados, más bien no.En caulquier caso, es percibible tras las intervenciones de la Derecha en el Gobierno un estilo Reconquista donde se procura volver las cosas a su cauce natural y recuperar el terreno perdido tanto en política social (matrimonio homosexual, aborto,...), politica territorial o política sociolaboral.

El primero de los artículos es: Sagardoy, J.A.(2012):"Es la hora de contratar" Otrosinet,  (revista online del Colegio de Abogados de Madrid) 15.02.2012. De entrada en el artículo se considera que la crisis es consecuencia de vivir por encima de nuestras posibilidades, donde todos somos culpables, y que la economía ha convertido en negativo y obsoleto lo que antes era adecuado y positivo, de tal manera que aparecen las grietas del Estado de bienestar. Con este diagnostico no estamos de acuerdo, no es el estado de bienestar él que falla,  no todos hemos especulado. La crisis en nuestro caso tiene un origen visible, la pompa entorno a la vivienda, y unas causas subyacentes donde se entremezclan, el derroche en inversiones de dudosa rentabilidad social (pero sí empresarial), el tipo de sectores productivos (construcción y turismo estacional) que se han impulsado, la posición excéntrica de nuestra economía, y un largo etcétera donde se incluye como concausa (pero también efecto a su vez) incluso el fracaso escolar. Esparcir indiscriminadamente la culpa consigue que paguen justos por pecadores y que los responsables queden exonerados y listos para repetir la jugada. Aún así, es de subrayar que se asume que el estado de cosas precedente fue correcto en algún momento, extremo  que en el artículo parece estar ausente.
En este artículo se valora  positivamente la reforma porque ha introducido flexibilidad en los contratos y en la negociación colectiva. Parece efectuarse una especie de reducción donde la flexibilidad se equipara con el sometimiento a la voluntad del empresario. Según este autor la negociación colectiva era una norma  rígida carente de capacidad de amoldarse a las circunstancias cambiantes de la economía. Sin embargo, no se precisa que la norma negociada (sed lex) se sustituye por la voluntad de una de las partes de la relación. Plantear el autoritarismo como salida jurídica eficiente es discutible, pero alabar la voluntad privada frente a la norma disipa el papel del jurista.  No es inoportuno recordar que la representación  de Confebask ha estado intentado negociar un convenio coelctivo de ámbito más amplio que el de empresa, y que sigue defendiendo ese criterio en el convecimiento de que la mayoria de las empresas son demasiados pequeñas (por debajo de 10 trabajadores) para disponer del propio convenio.

Se pondera,en segundo lugar, que la reforma ha fomentado la contratación removiendo obstáculos y suavizando los costes de extinción. Sin embargo, Sagardoy senior especifica que es un error presentar la indemnización por despido improcedente (45 días por año de servicio) como la habitual porque,  en realidad la fórmula extintiva de la crisis sería el despido objetivo o colectivo por motivos económicos o técnicos pero no disciplinares y en este la compensación es de 20 días por año, con un limite de 12 meses, similar a su juicio al de otros países europeos. Esta precisión, eso no  enmarañamiento con la realidad es un hecho que le honra y que otros no practican.

Aún así, él considera que la norma daba unas pautas vagas e imprecisas para el despido por causas económicas y de ahí que se recurriera al despido improcedente, apreciación muy personal con la disentimos. Ahora no que se den pautas más claras, es que ha desregularizado el control público sobre los EREs y se ha ampliado la discrecionalidad empresarial para el despido por estas causas económicas, lo cual conlleva un perjuicio claro para el trabajador por la disminución de la protección, pero también social por la falta de control de estas decisiones.

Sin embargo en el propio artículo de J.A Sagardoy están las claves inevitables  para que la intervención frente la crisis sea correcta y justa: el reparto equitativo de las culpas y la solidaridad (que nunca puede ser articulada por un único carril), extremos no muy presentes en la reforma y que el autor cita en algún momento pero no se detiene en ellas. Aún así, se puede intuir que el autor es consciente que la reforma se concreta en el mayor poder dado a los empresarios y que estos pueden utilizarlo en incrementar el número de despidos, de ahí su invocación en el título del artículo Es la hora de contratar

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