lunes, 9 de abril de 2012

22. Procrastinada la licencia por paternidad; la conciliación no importa


Il Quarto Stato; Giusepe Pellizza da Volpedo, 1901 



En la imagen, emblemática como paradigma del proletariado especialmente para los que vimos Novecentto, como en la realidad la conciliación es cosa de mujeres. Los hijos aparecen cargados por sus madres de manera literal. La norma laboral marca también esa adscripción, y los pequeños intentos en cambiar esa tendencia son pospuestos, porque la conciliación no importa, es secundaria. Todo se sacrifica a la obtención de la confianza de los mercados, pero está no llega, los mercados quieren más sangre o eso nos cuentan los augures del gobierno, mientras escudriñan el vuelo de los cuervos y buitres financieros.



Procrastinar es una palabra enrevesada, suena casi soez, pero que viene al pelo para designar la situación con respecto a la ampliación de la licencia por paternidad, que nuevamente ha sido diferida, posponiendo otra vez su aplicación. Aparentemente la disposición final undécima del proyecto de ley de presupuestos reitera la postergación de la entrada en vigor a 1 de enero de 2013.

La Ley Orgánica de la igualdad, LOI 3/2007 de 22 de marzo reguló el derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante 13 días, que sumados a los de licencia, regulada con anterioridad, daban un total 15 días. La disposición final transitoria novena de esta misma ley previa que de forma gradual y progresiva se ampliara la duración de este permiso por paternidad a 4 semanas, estableciendo que ese extensión se debería de alcanzar a los 6 años de entrar en vigor la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombre y mujeres, es decir, marzo de 2013.

La Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, elevó la duración a 4 semanas pero pospuso la entrada en vigor hasta el 1 de enero de 2011. Sin embargo, de manera inopinada la disp. Final 13 de Ley 39/2010, de 22 de diciembre retrasó la fecha de entrada hasta el 1 de enero de 2012 y,  nuevamente, la disp. Final 8 de Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre pospuso la eficacia hasta el 1 de enero de 2013. Como se ve en ambos casos se atrasó la fecha el mes anterior a su supuesta vigencia. La última fecha ha sido reiterada según parece en la próxima ley de presupuestos.

La medida se entendía necesaria para conseguir la conciliación de la vida familiar y laboral y para aligerar el peso que incluso la propia norma laboral otorgaba y sigue otorgando a la mujer en el cuidado de los hijos.

En algunos sectores la medida se ha puesto en marcha ya. Por ejemplo el art. 45 del Decreto 185/2010 del Gobierno Vasco, de 6 de julio (que aprueba el Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi) amplió a cuatro semanas ininterrumpidas a partir del 1 de enero de 2011 la licencia del padre o el otro progenitor por nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo o hija. 

Sin embargo de manera general, se pospone su vigencia  de manera pertinaz, por temor a su impacto económico,  aunque sin demasiados argumentos explícitos, dando a entender que la conciliación, como las bicicletas, sólo es para los buenos tiempos y el verano. En el mejor de los casos, en vez de la forma gradual y progresiva prevista en la Ley Orgánica 3/2007 todo se hará de golpe, de manera súbita y de golpe. Por una vez que la ley planifica se vulnera una y otra vez esa previsión.

De momento la última fecha para la entrada en vigor es el 1 de enero del año que viene, pero ¿qué nos apostamos a que habrá un nuevo retraso? ¿Procrastinarán de nuevo la licencia por paternidad?

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