viernes, 1 de junio de 2012

41.Real Decreto 14/2012; La recarga docente de los profesores universitarios

La medida que comentamos no es más que un recorte más en educación que producirá el despido de los más inseguros o precarios


He demorado días y semanas en volver a un aspecto concreto del RD Ley 14/2012, la reasignación de la carga docente de los profesores universitarios. He postergado el análisis, lo he procrastinado una y otra vez, en gran parte por pensar que era un tema demasiado personal, una cuita excesivamente gremial en este mar en crisis. Sin embargo, al final he considerado que a veces lo personal y local es una fórmula correcta de ejemplificar los influjos de la crisis


Resumo en un par de breves trazos las modificaciones; el RD 14 Ley dota de una nueva dicción a la Ley de Universidades  en  la cual la carga docente de los profesores se conecta con la posesión de sexenios de investigación reconocidos y vivos, de tal manera que, independientemente de su categoría, para los profesores sin (sexenios) su carga docente es de 32 créditos, para los que tienen uno vivo la carga es de 24, mientras que 16 son los créditos para los que tengan un numero superior de sexenios, diferente según la categoría (y en cualquier caso si ostentan 5 o más).

Seguidamente os presento una serie de razones por las que discrepo de esta modificación y del criterio de enlazar la carga docente con los sexenios. Se trata de una discrepancia no de un disgusto personal,  no valoro la mejora o empeoramiento que esta modificación me produce.
  • 1.      En primer lugar, de entrada me desconcierta la forma atropellada de legislar de los RRDD Leyes de esta última temporada. Un ejemplo claro nos encontramos en el tema que analizamos. El art. 6.cuatro del RD ley 14/2012 que modifica el art. 68 de la ley Orgánica 6/2001, de Universidades utiliza los ECTS como referente de la actividad docente de los profesores universitarios. De entrada, normalmente en la parte dispositiva de las normas se suele hablar de créditos o de créditos europeos no de créditos ECTS que son siglas en ingles (European Credit Transfer System, sistema de transferencia de créditos europeos) y que en cualquier caso es una redundancia[1]. Pero, de manera más trascendente los ECTS son una unidad de medida que refleja los resultados del aprendizaje y volumen de trabajo realizado por el estudiante para alcanzar los objetivos establecidos en el plan de estudios (exposición de motivos RD 1393/2007, de 29 de octubre). Fue el  RD 1125/2003 el que introdujo esta categoría en el derecho interno, definiendo en el art. 4 su equivalencia entre 25 y 30 horas, de ellas una parte corresponde a la docencia presencial y otra al trabajo personal que debe desarrollar el estudiante. Hemos de entender que la norma quiere decir que la carga docente de los profesores será el equivalente a la docencia presencial de esos 24 créditos (16 o 32 en su caso), pero no lo dice. Tampoco podemos descartar de manera absoluta que el uso expreso de los ECTS no conlleve una referencia a esa doble componente de los mismos, actividad presencial en el aula y trabajo fuera de ella, igual que con los estudiantes.
  • 2.      En segundo lugar, discrepamos de la conexión entre los sexenios de investigación y la carga docente porque es un criterio teleológico, esto es, es una pauta ordenada a un fin que es la disminución del gasto. Se utiliza porque va a producir ese resultado. De ser otra la realidad universitaria se utilizaría otra conexión distinta; se elevaría el número de sexenios, por ejemplo. Aunque la exposición de motivos se afirme que el profesorado con sexenios conforma más del 50% del total, no estamos ante un criterio neutro, pues las disminuciones de carga (a 16  créditos) no compensan los incrementos a 32 (más numerosos sin duda) Es, por tanto, un criterio sesgado. Se ha cuantificado en 250 millones de € la disminución derivada de esta modificación, la centésima parte del auxilio a Bankia. Todo es poco para salvar sus bancos. Es previsible que, con este mismo objetivo de recortar gastos, el siguiente paso sea eliminar o minorar la retribución de los sexenios, pues se argumentará que ya se compensan con la disminución de la carga docente.
  • 3.      En tercer lugar, nos duelen las consecuencias que puedan derivarse de esta reasignación docente de los profesores funcionarios porque en definitiva van a producir la expulsión de los elementos que posean menor seguridad; sustitutos, asociados, laborales interinos, … ¿cuántos terminarán en la calle? No pasará mucho hasta que veamos proliferar los ERE, encubiertos o sin tapaderas ya veremos, en la Universidad.
  • 4.      En cuarto lugar, se modifica sin decirlo, el art.56.2 de la Ley orgánica de Universidad, toda vez que a los catedráticos y profesores titulares se les reconoce allí la plena capacidad docente e investigadora, negada ahora en la práctica a quienes no ostenten un sexenio activo. Al quedarse como cuerpo a extinguir los profesores de escuela universitaria, las diferencias se restablecen con otro criterio. La nueva redacción del art 68 de la Ley de Universidades confunde interesadamente la excelencia en la investigación con el desempeño de esa función; la no obtención o, incluso, la no petición de un sexenio no supone que esos profesores no investiguen.
  • 5.      En quinto lugar, este criterio provoca o da pábulo a “la alergia a la tiza”, a la deserción de la docencia. Se caracteriza a la docencia como la hermana pobre. De esta manera se incrementa la presión sobre la misma, ya que los méritos, la carrera, los sexenios e, incluso, la disminución de la  propia docencia se produce en otros ámbitos, en la investigación, por ejemplo. Es positivo incentivar la investigación pero no lo es desprestigiar la docencia.
  • 6.      En sexto lugar es un criterio que incide en un cierto platonismo, pensando que las cualidades positivas participan de una cierta comunión; lo bello y lo bueno son aspectos del mismo ideal. Se propicia así una confusión de planos. En este caso son la investigación y la docencia la que aparecen como dos aspectos de una misma realidad ideal, pero en la práctica las cosas son más prosaicas y complicas. Todas las relaciones entre investigación y docencia concurren en nuestra universidad, pero, todos lo sabemos,  las cualidades que propician un buen investigador no son necesariamente las mismas que generan un buen docente.Este criterio segmetiza al profesorado por uno sólo de los criterios posibles.
  • 7.      En séptimo lugar supone una disminución de la calidad. Un grupo importante de profesores pasa de una carga docente equivalente a 24 créditos a otra de 32, con un incremento del 33% por cierto. Esto propiciará ajustes de personal. Por lo que, en definitiva, menos profesores harán el mismo trabajo. Más por menos e igual calidad sólo es un reclamo publicitario, no una realidad laboral. Además, el aumento de las horas docentes por decreto provocará un exceso de carga docente libre que implicará que las bajas, excedencias, licencias, etc. deban de cubrirse por el personal de plantilla, con los problemas que eso conllevan en un enseñanza hiperespecializada. En un contexto de cambio de metodologías docentes (a métodos más activos) que exigen mayo esfuerzo de corrección y trabajo fuera del aula también para el profesor (una implicación más del plan Bolonia), esta recarga docente incide de manera muy negativa.
  • 8.       Por último, tampoco me gusta esa diferenciación en los receptores de las medidas que busca reducir la respuesta contraria a este incremento lectivo que ocasionará en la práctica una expulsión del personal con menor seguridad y que tanto cuesta formar. Es un lenitivo para disminuir la resistencia y provocar fracturas y divisiones entre los docentes, mediante la diferenciación.


[1] Hay alguna excepción como la del  Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre

4 comentarios:

  1. No sé. Es cierto lo que dices, pero no sé cómo vamos a intentar aportar, desde lo que sabemos hacer, algún tipo de solución a la crisis económica... Ya sé, ya sé... Nosotros somos distintos, egocéntricos, estupendos... no lo creemos... Pero la verdad es que somos como todos... y como todos tenemos que trabajar más por el mismo dinero, o lo mismo por menos dinero, como ya ocurre.
    No creo que un profesor deje de dar buenas clases por tener que dar más horas de clase, pero lo que dices sí es cierto, ser reorienta la carrera docente hacia otros ámbitos...

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    1. Ángel; 4 consideraciones sobre lo que comentas, que sin contradecirte aclaran mi posición:
      1. Formamos a los graduados y postgraduados, a los trabajadores intelectuales mejor formados. Por eso somos o deberíamos de ser una elite. No somos los mejores obviamente en un sentido general (no caigamos en el platonismo), pero sí debemos de ser lo más críticos intelectualmente. Críticos con nuestro trabajo, claro, pero también con la realidad y con las reglas que regulan nuestro trabajo.
      2. Debemos prescindir de las implicaciones de la culpa original, de asumir como propias todas las responsabilidades por acciones que no son las nuestras. Y nunca existe una única alternativa de hacer las cosas. El primer remedio contra la crisis es conjugar en el trabajo el fair play y la posición crítica con la realidad.
      3. Creo necesario conciliar la exaltación de la investigación con el impulso a la docencia. No se debe cavar un agujero tapando con la tierra que sacamos de él otro que también necesitamos. Si tratamos a la docencia como una cenicienta nos equivocamos. Somos investigadores en cuantos docentes, la investigación está al servicio de la docencia. No es posible, en ningun nivel educativo, una docencia no reflexiva, pero en la universidad el desiderátum es que la investigación produzca lo que enseñamos. Plantearlas como realidades separadas o enfrentadas no es positivo, y no ayuda a ninguna de las dos.
      4. Debemos buscar un equilibrio entre la profesionalidad, entendido como el gusto por el trabajo bien hecho, el celo profesional y la mansedumbre ante la retorsión de las condiciones de trabajo. Esto es, sin duda, un reto personal, sin recetas.

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  2. Lo de los sexenios no es una cuestión solo de recortes sino de reconocimiento a la dedicación investigadora.
    Los profesores que no investigan e impartan 24 créditos tienen una media de 2 horas al día (1h de clase y 1h de tutoría) de trabajo, mas el tiempo dedicado a la preparación de las clases (que en una asignatura ya impartida previamente no es superior a la hora diaria).

    No me parece descabellado que los que solo trabajan 2 horas de media, trabajen 3.

    Por el contrario un profesor que además investiga (ergo tiene un sexenio activo) dedica mas de 7 horas diarias de media a esa labor (de hecho en el csic dedican toda la jornada a la investigación y tenemos la misma evaluación de sexenios).
    Ya es horas que valoren un sexenio en 8 créditos (32-24) y no que el reconocimiento a la investigación se limite en muchas universidades a 2 créditos por ser Investigador Principal de un proyecto.
    No me vale eso de que los sexenios son duros de conseguir porque no es cierto se trata de una evaluación de mínimos (muchos profesores con un sexenio no serían seleccionados para una plaza del Programa Ramón y Cajal o un I3).

    Si esto se aplica, la consecuencia será entre otras cosas que aquellos Departamentos que no investigan no podrán contratar (los baremos de las universidades dan margen para que puedan elegir a otros profesores que no investigan), mientras que los Departamentos que si investigan necesitarán contratar (ahora no porque no hay dinero) y contrataran profesores que si investigan, mejorando la calidad investigadora de la Universidad.

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    1. Cuatro puntualizaciones: en primer lugar se trata de un criterio sesgado, orientado al recorte y que producirá una reducción de unos 250 millones. Si no diera este objetivo el criterio sería diferente. No se persigue premiar o castigar a los profesores según su reconocimiento de investigación (para eso ya estaban los sexenios), sino reducir el coste.
      En segundo lugar, la falta de sexenio no supone ausencia de investigación. Hay incluso quien no lo solicita. La actividad docente universitaria conlleva la investigación. Por eso el art. 56.1 de la Ley de Universidades reconoce a la plena capacidad investigadora y docente a los titulares y catedráticos. El sexenio es el reconocimiento de la excelencia, pero su ausencia no marca la falta de investigación.
      En tercer lugar, es posible que aprecie usted de manera precipitada la actividad docente; quizás que me equivoque,perdone si es así, pero da la sensación que no ha desarrollado con frecuencia esa actividad, dado como la minusvalora. Dar dos horas de clase presencial, conlleva mucho más trabajo que la mera exposición en clase. Para entendernos, la actividad de un abogado en un juicio, presupone tareas previas diversas (estudio del caso, confección de los escritos, preparación del juicio y las pruebas, negociación con la otra parte,…) y posteriores que conllevan más dedicación y tiempo que la defensa oral. O piense en un deportista, en un actor, … la escenificación de la clase, no es lo único que nos ocupa, ni lo exige necesariamente más tiempo. La correción de trabajos de nivel universitario (tan de modo con la actual evaluación continua) exige, por ejemplo, mucho tiempo.
      Por último, el verdadero problema no es el incremento de trabajo, sino la expulsión de los elementos más precarios. Al incrementar el tiempo docente de algunos funcionarios, se reducirán las plazas de los inestables o en proceso de formación. Los 250 millones salen de ahí, de los despidos o de los contratos no renovados.
      Un saludo
      Mikel Urruti

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