Durante años las reglas del Decreto 2414/1961, de 30
de noviembre (la ordenanza de Seguridad e higiene, Orden de 9 de marzo de 1971,
no introdujo ninguna variación ni norma específica sobre esta memoria) platearon
unos valores que no protegían realmente a los trabajadores expuestos (150
millones de partículas por m3 de aire).
Hay que esperar a la década de los ochenta para
asistir a la aparición de normas que empezaron a incidir en la utilización del
amianto: Reglamento sobre trabajos de amianto (OM 31/10/84) completada por
normas posteriores (OM 31/10/86 y OM 7/01/87) que implementada la Directiva de
29/03/83.Posteriormente la OM 26/7/93 modificó el reglamento en cumplimiento de
una directiva posterior. Esta última norma fue la que prohibió el amianto azul,
fijó unos límites de 60 fibras/cm3 para el crisolito y de 0,30 para el resto de
variedades. Ya en el siglo XXI, la Orden de 7 de diciembre de 2001, modificó el
rd de 1406/1989, prohibió la comercialización
y producción de otras variedades de amianto.
En la actualidad es el RD 396/2006 de 31 de marzo,
disposiciones mínimas aplicables a trabajos con riesgo de exposición al amianto,
dada para implementar la Directiva
2003/18/CE, la normativa aplicable. En su art. 4.2 se prohíben las actividades
que expongan a los trabajadores al amianto, incluyendo la extracción,
fabricación y la transformación de este
material (sin perjuicio de las excepciones por aplicación de otras normas
legales).
Una pensaría
que tras la prohibición de fabricación y comercialización el amianto desaparecería
de los titulares. Nada más lejos de la verdad.
Por un lado
aparecen en la prensa diversas referencias a la imputación de responsabilidades
a empresas, fijándose indemnizaciones
por la muerte de los trabajadores a consecuencia de su exposición al asbesto.
Entre estas empresas figuran algunas de las más conocidas de Euskadi como
Michelin, Sidenor, CAF[1],… También se ha imputado a la exposición al amianto la
muerte por infarto de un trabajador que padecía cáncer este mes de abril[2].
Estas
noticias nos alertan que las consecuencias de la exposición son graves e irán
apareciendo durante muchos años al margen de que el amianto sea ya un elemento
proscrito, previéndose el clímax de
afectación hacia el 2020 o 2022, según el informe de Osalan al respecto.
Ahora bien,
según el informe de Osalan siguen existiendo un número importante de
trabajadores que utilizan en su trabajo el amianto (unos 1500) fundamentalmente
en empresas dedicadas a la retirada de los residuos de amianto[3]. Además,
aún cuando ya no sea un elemento de producción, los materiales de amianto como
aislamiento térmico en hornos, por ejemplo, siguen presentes en muchas empresas[4].
Por todo
ello en Euskadi el Parlamento vasco esta considerando la conveniencia de instaurar
un fondo de compensación cuyo coste se elevaría a 8 o 32 millones, según el
tipo de dolencias que cubriese (la primera cifra sería si sólo atendiese a los
afectados por mesoteliomas) la segunda si cubriera todo tipo de enfermedades
profesionales derivadas de la exposición al amianto como otro tipo de canceres
o asbestosis.
Las des-economías,
todo aquello carente de coste en ese momento, al final hay que pagarlas. El
coste en la salud por la exposición al asbesto no se contabilizó en su momento,
pero cuando hay que computarlo hace su uso un desastre.
Sin embargo, a mi juicio lo más terrible es que
los datos entre la conexión entre la exposición al amianto y el cáncer fueran
fiables ya antes de la II Guerra Mundial. ¿Qué otras conexiones tóxicas actuales
serán obviadas por imperativos del mercado?
[1]El mes pasado se ha tenido
conocimiento la condena a la empresa Michelín al pago del 50% de todas las prestaciones de la Seguridad Social
derivadas de la muerte de un trabajador ocurrida en 2008, como al abono de 165.510,25
euros en concepto de daños a la viuda del trabajador. La muerte se produjo como
consecuencia de un cáncer de pleura a consecuencia de la exposición al amianto,
utilizado como aislante térmico en la empresa Cf. http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20120308/pvasco-espana/condenan-michelin-indemnizar-familia-20120308.html
Este mismo
mes el Juzgado de lo Social nº 3 de
Vitoria ha condenado a Sidenor a indemnizar con 113.573 euros a la familia de
un trabajador, expuesto al amianto, que falleció de un cáncer de pulmón en 2009.
Cf. http://www.diariovasco.com/v/20120411/al-dia-sociedad/sidenor-indemnizara-familia-trabajador-20120411.html
En días próximos también
se ha conocido la ratificación por parte
del TSJ de la condena a CAF a pagar 104.837 € por la muerte de otro trabajador
ocurrida en 2007, víctima de una «mesotelioma pleural izquierdo», producto de
la exposición al amianto mientras trabajaba en la empresa entre 1956 y 1966, cuando
el amianto era utilizado en el montaje de los vagones como material aislante.
[2] http://www.gara.net/paperezkoa/20120405/332997/es/Muere-infarto-Aceralava-trabajador-afectado-amianto
[3] http://www.osalan.euskadi.net/s94-osa9999/es/contenidos/informacion/jt_120222_ponencias/es_jt120222/adjuntos/informe_osalan_amianto_euskadi_2012.pdf
[4] Un ejemplo reciente referido a Sidenor
en http://www.finanzas.com/noticias/economia/2012-04-11/700514_asegura-sidenor-sido-requerida-realizar.htm
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