Il Quarto Stato; Giusepe Pellizza da Volpedo, 1901 |
En la imagen, emblemática como
paradigma del proletariado especialmente para los que
vimos Novecentto, como en la realidad
la conciliación es cosa de mujeres. Los hijos aparecen cargados por sus madres
de manera literal. La norma laboral marca también esa adscripción, y los
pequeños intentos en cambiar esa tendencia son pospuestos, porque la
conciliación no importa, es secundaria. Todo se sacrifica a la obtención de la
confianza de los mercados, pero está no llega, los mercados quieren más sangre o eso nos cuentan los augures del gobierno, mientras escudriñan el vuelo de los cuervos y buitres financieros.
Procrastinar es una palabra enrevesada, suena casi soez, pero que viene al pelo
para designar la situación con respecto a la ampliación de la licencia por
paternidad, que nuevamente ha sido diferida, posponiendo otra vez su
aplicación. Aparentemente la disposición final undécima del proyecto de ley de
presupuestos reitera la postergación de la entrada en vigor a 1 de enero de
2013.
La Ley
Orgánica de la igualdad, LOI 3/2007 de 22 de marzo reguló el derecho a la
suspensión del contrato por paternidad durante 13 días, que sumados a los de
licencia, regulada con anterioridad, daban un total 15 días. La disposición
final transitoria novena de esta misma ley previa que de forma gradual y
progresiva se ampliara la duración de este permiso por paternidad a 4
semanas, estableciendo que ese extensión se debería de alcanzar a los 6 años de
entrar en vigor la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombre y mujeres,
es decir, marzo de 2013.
La Ley
9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad
en los casos de nacimiento, adopción o acogida, elevó la duración a 4 semanas
pero pospuso la entrada en vigor hasta el 1 de enero de 2011. Sin embargo, de
manera inopinada la disp. Final 13 de Ley 39/2010, de 22 de diciembre retrasó la
fecha de entrada hasta el 1 de enero de 2012 y, nuevamente, la disp.
Final 8 de Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre pospuso la eficacia
hasta el 1 de enero de 2013. Como se ve en ambos casos se atrasó la fecha el
mes anterior a su supuesta vigencia. La última fecha ha sido reiterada según
parece en la próxima ley de presupuestos.
La medida se
entendía necesaria para conseguir la conciliación de la vida familiar y laboral
y para aligerar el peso que incluso la propia norma laboral otorgaba y sigue
otorgando a la mujer en el cuidado de los hijos.
En algunos
sectores la medida se ha puesto en marcha ya. Por ejemplo el art. 45 del
Decreto 185/2010 del Gobierno Vasco, de 6 de julio (que aprueba el Acuerdo
Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no
universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi) amplió a cuatro semanas
ininterrumpidas a partir del 1 de enero de 2011 la licencia del padre o el otro
progenitor por nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo o hija.
Sin embargo
de manera general, se pospone su vigencia de manera pertinaz, por temor a
su impacto económico, aunque sin demasiados argumentos explícitos, dando
a entender que la conciliación, como las bicicletas, sólo es para los buenos
tiempos y el verano. En el mejor
de los casos, en vez de la forma gradual y progresiva prevista en la Ley
Orgánica 3/2007 todo se hará de golpe, de manera súbita y de golpe. Por una vez
que la ley planifica se vulnera una y otra vez esa previsión.
De momento
la última fecha para la entrada en vigor es el 1 de enero del año que viene, pero ¿qué nos apostamos a que habrá un
nuevo retraso? ¿Procrastinarán de nuevo la licencia por paternidad?
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