Es posible que a pesar de su denominación la Unión Europea siga anclada en un Mercado Común imperfecto sin politicas sociales dentro un holismo del mercado |
En los días pasados han aparecido en otros blogs algunas entradas referidas a Europa como problema (Antonio Baylos) o analizando críticamente los próximos planes europeos (Eduardo Rojo). Sin desdecir ni socavar lo afirmado en esos lugares nos parece que desde un punto de vista jurídico más allá de lo coyuntural el problema está en las mismas entrañas de la Unión Europa.
Señalaría 3 cuestiones problemáticas
mutuamente interrelacionadas en torno a la Unión Europea. El primero de estos
problemas ha sido frecuentemente mencionado y podemos presentarlo como el déficit democrático de las instituciones
europeas. El Parlamento Europeo a pesar de su forma de elección y su nombre
posee poco parecido como el órgano legislativo de un estado. Es más decorativo,
más Kitsch; rellena el hueco, lleva el nombre, pero poco más. La Comisión a
pesar de las audiencias previas ante las comisiones parlamentarias y de la
elección del presidente por el parlamento, recuerda más a un mandarinato que a un
órgano representativo. En definitiva, en Europa quien tiene poder carece de representación
democrática y al revés.
En paralelo a este déficit existe
un alejamiento de estas instituciones europeas
frente a la población; podríamos presentar esta cuestión como la dicotomía entre
una Europa vertical (la Europa sin europeos) donde la
nomenclatura comunitaria y los gobiernos de los estados se conciertan frente a la
Europa horizontal, de la vivencia europea
de la población.
Esta ausencia de responsabilidad
ante una población europea, inexistente
o incierta, permite que la Unión Europea cumpla una función de legitimación de
políticas que la población de los respectivos territorios rechazaría de
discutirse en sede nacional. Los
gobiernos concilian en el Olimpo europeo lo que a ras de suelo no sería en
absoluto admisible; las políticas de austeridad
y los auxilios a las entidades financieras en detrimento de los derechos
sociales. Tiran para arriba, hacia Europa, para bajar con las tablas de la ley,
que no pueden ni discutirse por el
populacho. En definitiva, la Europa Institucional emerge como un aparato de
dominación y adoctrinamiento.
El tercer lugar nos encontramos
con el solipsismo económico insertado en
el ordenamiento jurídico de tal manera que la configuración del estado
social está condicionada al mercado y donde el reconocimiento de los derechos fundamentales
se produce en cuanto sujetos del mercado y para el mercado. Al interiorizarse en
el ordenamiento europeo, y por ende en el de los respectivos estados en virtud
del principio de la primacía del derecho comunitario, la prioridad del mercado y de los valores que éste representa
(la libre competencia y el libre
prestación de servicios de manera
significativa) el derecho emerge ya no
como una realidad autónoma sino condicionada ab intra por una concepción económica sesgada ideológicamente.
No es un secreto que la Unión Europea nació en torno a un objetivo;
la generación de un mercado común. Las 3 comunidades iniciales fueron así aglutinadas en esa
denominación; Comunidades Económicas Europeas. Se tenía la confianza de que en
algún momento la espiral generada por los movimientos económicos daría paso a
la unión política. Sin embargo, esa trayectoria ha resultado demasiado
discontinua, repleta, como toda conformación de un mercado, de movimientos y distribuciones desiguales, demasiado
desiguales. Además el equilibrio inter-estatal inicial ha dado lugar a la
aparición de un único socio hegemónico (Alemania)
Por supuesto que la economía
condiciona el ordenamiento jurídico. Incluso en el interior de los propios
ordenamientos se encuentran reconocimientos a un determinado sistema económico
(por ejemplo, en el art. 38 de la CE se
reconoce la libertad de empresa en el
marco de una economía de mercado)
Sin embargo, la UE es algo
diferente, es un ordenamiento teleológicamente orientado a un objetivo
económico; la generación de un mercado común. En la medida que el reconocimiento de los derechos
se efectúa de tal manera que sea compatible con esa visión del mercado, los derechos fundamentales son contingentes
a su función del mercado. En definitiva, al reducirse la pluralidad de la
dimensión de la persona a su participación en el mercado, las empresas en
cuanto entes nacidos y por para el mercado ganan volumen y predominio frente a
las personas físicas, que se devalúan al limitarlas a su participación en el mercado.
La jurisprudencia y normativa europea
da abundantes ejemplos de este sesgo; la sentencia Viking, Lavall o Rufert, por
ejemplo, son paradigmáticas de la subordinación de la autonomía colectiva a la
libre prestación de servicios. Para evidenciar esta supeditación de los
derechos sociales al paradigma del mercado escojo un derecho fundamental de la
Carta Europea que estoy abordando en otro contexto y que aparentemente es aséptico,
simple y neutral pero que esconde una recamara: el Derecho de acceso a los
servicios de colocación. El art. 29 de
la Carta Europea de derechos fundamentales se limita a a reconocer que ”toda persona tiene derecho a acceder a un
servicio gratuito de colocación”. Sin
embargo, tras ese aséptico reconocimiento se esconde la limitación de las
políticas de empleo a esa actividad de colocación, que se define como el suministro de
información a los sujetos del mercado, con lo cual se mantiene el espejismo de
la suficiencia del mercado, y se omite la referencia a otras políticas de
empleo que compensan las insuficiencias notorias del mercado laboral.
La omisión del carácter público
de la colocación que se produce en este art. 29 de la Carta Europea (que sí
estaba presente en la Carta Comunitaria de los derechos fundamentales de los trabajadores
de 1989) sirve para dar cobijo a la afirmación ideológica de la actividad de la
colocación como una actividad empresarial defendida por el Tribunal de Justica
de la Unión Europea en sus sentencias de 23 de abril de 1991, de 11 de
diciembre de 1997 o de 8 de junio de
2000. Además, la gratuidad de este servicio para todos, y no sólo para los
trabajadores al contrario que en anteriores declaraciones, encierra que las empresas
privadas podrán detraer fondos públicos.
Es decir, que tras el reconocimiento del
derecho subyace un doble fondo, donde nos encontramos con una concepción del
mercado como ente autosuficiente y a la equiparación, puramente ideológica, de esa
actividad de colocación como una empresa. Además, en el fondo encierra la legitimación
de la detracción de fondos públicos para sufragar actividades privadas que
carecen de regulación en el ámbito
europeo, pero sobre la cual la legislación
nacional tampoco puede intervenir si limita la libre competencia.
Se podría aducir que otros
derechos son reconocidos con mayor amplitud (por ejemplo art. 5. de la carta
Europea, que prohíbe la esclavitud o el trabajo forzado o el 6 que proclama la
libertad y la seguridad) pero esos son los elementos necesarios para operar en
el mercado sujetos libres; su reconocimiento es la condición indispensable para
que el mercado sea factible. Son los derechos sociales los que aparecen
condicionados a su compatibilidad con el mercado. Este abusivo reconocimiento
legal del mercado como patrón y medida de los derechos sociales es una
injusticia que lastra todo el derecho comunitario: summun ius, summa inuria,
¿Soluciones? Desde la izquierda y desde el progresismo se suele abogar por más Europa y por más libertad, subvirtiendo
la orientación neoliberal de la actual Unión Europea. Este
era el posicionamiento del "Manifiesto para reconstruir Europa
desde la base” lanzado por diversos intelectuales el año pasado y en esta misma onda se inserta el último libro Ulrich Beck que
se posiciona por un nuevo contrato social europeo (Beck, U. (2012): Europa Alemana, Paidos,
Barcelona)
En estos planteamientos parece que solo falta Alicia
para que este completo ese país de las maravillas que es la Europa diseñada en
el papel. Sin embargo la Europa real es cada vez más autoritaria y menos igualitaria y no se percibe como
solventar ese cariz.
Obviamente no estamos en contra de
esos intentos de renovación, pero tengo serias dudas si con estas fórmulas no se permite mantener el
espejismo de Europa como un instrumento de adoctrinamiento y legitimación de
políticas antipopulares. Creo que
deberíamos comenzar por fomentar una desafectación
activa frente a las instituciones europeas como primer movimiento para reconducir
la situación y crear una Europa de los europeos. Deberíamos comenzar a
solicitar responsabilidades a la nomenclatura europea, a pedir dimisiones, a
fomentar rechazos,… para que la nomenclatura no de por supuesto su supervivencia
al margen de los ciudadanos. La Comisión
no puede ser un mandarinato irresponsable e intangible, un cuerpo de
tecnócratas que nos impone líneas ideológicas severas y contrarias a nuestros
intereses mientras salvaguarda lobbies financieros y especuladores.
No debemos caer en el papanatismo
y en la inocencia y transigir con todo lo que viene de Europa, porque ese lugar
mítico, esa arcadia europea, no existe. La Europa institucional hoy no es más que el concierto de gobiernos
para legitimar políticas contrarias a
sus poblaciones.
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