Pérez de los Cobos, con el traje de magistrado del TC y el carnet del PP en el bolsillo |
A través de los papeles de Bárcenas, nos llega otro mondongo polémico: el Presidente del TC es militante (de los que cotiza, ojo) del PP.
Dice el presidente del TC que las normas de aplicación al caso solo
excluyen la participación directa o en cargos dentro de los partidos políticos u
organizaciones sindicales. Nos gustaría aceptar esta interpretación pues Pérez de los Cobos además de militante del PP es catedrático de
DTSS y quisiéramos fiarnos de sus conocimientos jurídicos,
aunque no compartamos su escala de
valores. Sin embargo, aunque es cierto que el art. 19 Ley Orgánica del Tribunal Constitucional fija expresamente entre otras incompatibilidades las que refiere
el Presidente del TC, in fine ese artículo, que reproduce la regulación sobre las incompatibilidades contenida en el
art. 159.4 CE, establece que En lo demás,
los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias
de los miembros del Poder Judicial. Si analizamos lo dispuesto en esta Ley
Orgánica del Poder judicial sobre las incompatibilidades en los art.s 385-397,
comprobamos que el art. 395 LOPJ taxativamente regula que No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o
sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos, …”. Nuestra
conclusión, aunque seamos soldados rasos en la academia, es que resulta
meridianamente claro que es voluntad no ya del legislador sino de la propia
constitución, establecer las mismas incompatibilidades que las operativas para
los jueces y magistrados. El TC no forma parte del poder judicial pero fue
voluntad someter a sus miembros a las mismas incompatibilidades que a estos, lo
cual dada la función de los magistrados del TC parece lógico. Por lo tanto, la
incompatibilidad con la militancia en un partido político es predicable también de los magistrados del
TC.
Puntualicemos que se prohíbe la
compatibilidad entre la militancia en un partido político y la función
judicial aunque sea esta tan especial como la del tribunal constitucional, no la afinidad, ni la cercanía a una corriente política.
Otras dudas de hondo calibre nos suscita la aceptación de la pertenencia a un partido político por parte de un miembro del TC, ¿debía
de declararlo expresamente ante el senado? ¿Se puede considerar una falta de
respeto institucional? ¿Callarse y no decri nada es un comportamiento honesto para un magistrado del TC?
Por último pero no menos
importante, ¿esta militancia puede tener peso en la actividad del magistrado y ahora presidente del TC? ¿ su
militancia puede ser causa de abstención o recusación?
Según el art. 10.k LOTC corresponde
al pleno del TC decidir sobre las recusaciones y abstenciones de sus
magistrados. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80 LOTC) remite
a la LOPJ sobre las causas de abstención y recusación. Sin embargo, el art. 219
LOPJ no contempla, no puede contemplar, la militancia en un partido en una
causa planteada porque los jueces tienen vedada esta militancia. ¿Cómo debe
interpretarse en este caso?
La militancia en un partido
político, incluso cuando se trata de una persona como Pérez de los Cobos a la
que se le reconoce una reputada autonomía
intelectual, implica concordancia con las directrices y pautas del partido político
donde uno está afiliado. Viendo los parlamentos de algunos insignes miembros de
PP no ya la independencia, sino la propia
capacidad mental parece puesta en
entredicho, recuérdese la famosa indemnización en diferido de Cospedal o los
constantes derrapes de González Pons.
No parece descabellado que las
partes en algunos de los procesos instados por el PP por cuestiones ideológicas
solicite la recusación del presidente del TC por su militancia (al menos en el momento en que
se interpusieron aquellos recursos). Suponemos que el propio presidente del TC
puede pensar en su abstención en algún caso.
puede pensar en su abstención en algún caso.
Ya sabemos que las morales y las mayorías
en el TC y en otras instituciones darán por bueno lo que más beneficie al
partido gobernante, pero la sombra de la duda y la parcialidad se extienden ya
por otra institución.
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