martes, 14 de mayo de 2013

109. El contrato único laboral impulsado desde Europa


Lazlo Andor y La ministra del Desempleo en la jornada de ayer. El comisario es el que no sonrie ante la perspectiva laboral en España. La  otra no puede evitarlo.


Lázlo Andor, Comisario de Empleo, abogo ayer a favor del contrato  laboral único durante una jornada organizada por el Consejo de la Juventud de España (CJE) sobre la garantía juvenil. Nos gustaría reflexionar sobre algún aspecto de ese consejo.

Según El País, el comisario precisó que unificar en un único contrato  laboral eliminaría la dualidad entre contratos indefinidos muy protegidos y contratos  precarios y temporales. De acuerdo con otros medios como RTVE Andor comentó que no hay necesidad urgente de ahondar en la flexibilización del mercado de trabajo y presentó el contrato único como una opción posible para España.
De todas formas, para reforzar su posición añadió  que  esta era una de las recomendaciones para España de la Comunión Europea el pasado 10 de abril, junto la reducción de las cotizaciones a la patronal.
Nos vamos a centrar no en la conveniencia de esta figura, el contrato único del que dudamos hasta de su constitucionalidad, sino de si el mismo ha sido propuesto por la Comisión en sus recomendaciones y si es aceptable que lo avale y proponga un Comisario Europeo.
Vayamos por orden, en el documento de trabajo sobre el examen exhaustivo para España (10.04.13) no existe ninguna referencia ni recomendación sobre las cotizaciones. Aún más, tampoco se menciona para nada y menos se recomienda por la Comisión el contrato único.
En ese documento no se promociona esa opción, a nuestro juicio demasiado sesgada ideológicamente. El documento de la Comisión se limitaba a establecer que la reducción de la dualidad del mercado de trabajo es uno de los objetivos de la reforma laboral de 2012. Seguramente se puede sostener que la Comisión implícitamente da por buena esa intención. Pero en cuanto a recomendaciones la Comisión se limita a señalar la importación de analizar de manera exhaustiva si la reforma laboral ha conseguido sus objetivos y a apoyar la reforma de las políticas activas del mercado de trabajo y de los servicios públicos de empleo. Nada más.
Lo más cercano en el documento a esta posición favorable a la reducción de la dualidad entre contratos temporales e indefinidos es la afirmación de que  las indemnizaciones por despido improcedente siguen siendo elevadas en comparación con otros países, y la diferencia entre las indemnizaciones correspondientes a los contratos temporales y a los de duración indeterminada favorece el empleo de duración limitada. Sin duda esa aseveración sobre la superioridad de las indemnizaciones de los contratos indefinidos españoles no es muy fina, ni muy acertada jurídicamente, pues de efectuarse la comparación la  indemnización por despidos objetivos o colectivos, no con los improcedentes no existe gran diferencia, Sagardoy dixit.

Por supuesto que el documento de la Comisión posee elementos criticables por su excesiva carga ideológica. Por ejemplo, cuando afirma que la falta de flexibilidad en las empresas, junto con el régimen dual de protección del empleo, ha provocado un despido masivo de trabajadores, principalmente temporales, la Comisión derrapa hacia el absurdo pues reduce a pura cuestión de normativa laboral las causas del desempleo. Ni siquiera se puede sostener que la  legislación española es un factor que ha coadyuvado en la generación del inmenso desempleo. Baste para ello considerar que sufriendo una recesión similar a la italiana (una bajada en torno 6%) ha sufrido una pérdida de empleo superior al 25%, solo a la Greca cuyo descenso económico es cuatro veces superior. No se puede insistir en el coste de las indemnizaciones de despido como causa del desempleo, ya que es obvio que no ha sido un obstáculo. Es el tipo de producción y de empresa la que esta en la génesis de esta situación.
Por último, ¿es admisible esta sugerencia para un miembro del partido socialista? ¿Es aceptable que un  comisario de Empleo haga estos tipos de recomendaciones aunque sea de manera informal?  ¿Puede inmiscuirse en terrenos en los que carece de competencias? ¿No supone una absoluta  injerencia y una falta de respeto? ¿Quién le ha elegido para opinar sobre esos temas? Si el Comisario cree que es una opción interesante que proponga una directiva, mientras que nos deje en paz. Dos son los ámbitos de intervención en esta materia, la armonización de legislaciones, que no es el caso, pues no se propone para todos, y la salvaguarda del libre mercado que tampoco lo es. De hecho, ante protestas de diversos países europeos sobre que Alemania hace dumping social con los llamados mini-jobs la Comisión calla y mira para otra parte.
Andrew Mellon, secretario del tesoro USA durante el crack de 1929, recomendó al entonces presidente Hoover que: liquidate labor, liquidate stocks, liquidate farmers, liquidate real estate… it will purge the rottenness out of the system. High costs of living and high living will come down. People will work harder, live a more moral life. Es decir, la opción recomendada era  liquidar el trabajo y otros valores ya que así las cosas volverán a su cauce y la gente trabajará más duro. Las cosas no fueron bien por ese camino. Ahora, un comisario de origen socialista propone ahora  igualar por abajo, reducir la protección con forma de intervenir en la crisis, la devaluación salarial unilateral como fórmula maravillosa pues el mercado compensará.

2 comentarios:

  1. Encontré un sitio que te ayuda a generar ese contrato que necesitas, de una manera muy facil y sencilla y con muy buena atencion.
    Se los recomiendo www.contratosfacil.com

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  2. Marisa, ¿es publicidad lo que insertas?
    ¿No te parece un poco excesivo?

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