lunes, 27 de octubre de 2014

176. Del permiso de paternidad, nuevamente procrastinado, y de la conciliación laboral

Mónica de Oriol, de los Oriol de toda la vida, presidenta de Seguriber Umanao y cuyo marido es dueño  de las bodegas del Marques  de Riscal, nos dejaba boquiabiertos ante sus declaraciones como presidenta del Círculo de empresarios, proponiendo la no contratación de las mujeres en edad fértil, por sus mayores costes laborales

Otra vez se pospone la entrada en vigor del permiso de  paternidad de 4 semanas, un aplazamiento que se ha convertido en  un clásico ya de estos últimos años. Aprovechando esta nueva postergación, reflexionamos además sobre la conciliación laboral.

La disposición adicional 9ª del Proyecto de Ley de Presupuestos de 2015 establece la modificación,  una vez más, de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida. La nueva redacción de la disposición final 2ª de esta norma pospone otra vez la entrada en vigor de esa ley, y por tanto la paternidad de 4 semanas, al 1 de enero de 2016.
Ante este hecho, nos surgen 2 comentarios de urgencia. El primero se debe encaminar a subrayar la  pertinaz voluntad de procrastinar la voluntad  legal hasta volverla en algo efímero y chabacano. La fecha inicial prevista por la ley 9/2009 para que entrase en vigor la elevación a 4 semanas de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida era el 1 de enero de 2011. Sin embargo, desde entonces se ha ido postergando una y otra vez para años posteriores su entrada en vigor; ahora por enésima vez se deja para el futuro, que a pesar de la fecha fijada se muestra ya incierto. Debemos recordar que esta ampliación estaba ya recogida en la Ley Orgánica de la igualdad, LOI 3/2007 de 22 de marzo (en la Disposición final transitoria 9ª, en concreto). Este soslayo de un derecho previsto ya en la ley del 2007, marca hacia donde se inclina el reparto de los costes de la crisis, pues se centra en el recorte de derechos sociales y laborales, mientras se hacen públicas las deudas privadas  de entidades financieras y constructoras.
Por otro, en esta temporada de declaraciones y actos que evidencian la dificultad de la conciliación laboral  y cómo el peso de esa conciliación se adjudica a las mujeres,  medidas como esta (y otras más ambiciosas) podrían aligerar esa carga y reordenar la alineación de roles sexuales que incluso la norma laboral esta potenciado hasta ahora. Los países que más destacan en el avance de la conciliación y la igualdad de la mujer (Islandia[1], Noruega[2], Suecia[3],…) poseen legislaciones que otorgan derechos similares ambos progenitores sin distinción de sexo.
Si queremos eludir prácticas como las enunciadas por Mónica Oriol (presidenta del Círculo de Empresarios) que se opone a contratar mujeres en edad fértil por el coste que la ley les otorga por los beneficios laborales de la maternidad, una opción es equiparar en derechos a ambos cónyuges. De esta manera, se rompe con la distribución de roles sexuales apoyada incluso por la ley, los hijos no son  necesariamente un asunto de las mujeres, al menos la ley no debería apoyar esa inercia. Además, si tratamos de manera diferenciada al  elemento discriminado, es posible que aumentemos su carga diferencial en el  mercado laboral y generemos consecuencias indeseadas con esa medida. 
A veces una política encaminada a la igualdad debe romper con los roles y equiparar en derechos a los integrantes de ambos grupos. Dar más derechos a los hombres  en torno a la conciliación laboral puede subvertir la tendencia de cargar en exclusiva la conciliación laboral en las mujeres, y sin recortarles derechos posibilitaría aligerar la carga negativa que hoy algunos empresarios esgrimen en contra de la mujer.



[1] En este país existe un permiso de 90 días para cada uno de  los progenitores, más otros 90 para repartir entre los dos.
[2] En Noruega el permiso es extenso, pero menos igualitario; se extiende hasta 392 días para la  mujer y 70 días para el padre.
[3] En Suecia el permiso es el más amplio e igualitario, pues comprende 480 días para ambos cónyugues

1 comentario:

  1. Cada vez hay más voces que se unen en estas condiciones desfavorables para el padre y es algo que hay que tener bien controlado ya que puede dar lugar a situaciones desagradables en las que ninguna parte pueda estar a gusto, un tema que hay que resolver equitativamente entre las dos partes, excelente artículo

    ResponderEliminar